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Creación del Programa denominado Sistema Integrado de Asistencia y Asesoramiento a Municipios (SIAAM)
TEMA
Municipio
Creación del Programa denominado Sistema Integrado de Asistencia y Asesoramiento a Municipios (SIAAM), que tendrá la finalidad de evacuar consultas jurídicas relacionadas a la Administración Pública en Municipios.
Visto
El Expediente N° 1710 - 277/2017 Registro de la Subsecretaría Legal y Técnica, y;
Considerando
QUE, a través del mismo se propone la Creación de un Programa denominado "Sistema Integrado de Asistencia y Asesoramiento a Municipios" (SIAAM);
QUE, el mismo funcionará en la órbita de la Subsecretaría Legal y Técnica del Ministerio de Coordinación General de Gabinete;
QUE, la ejecución del mencionado programa estará a cargó de una Unidad Específica de Análisis, integrada por letrados, abogados con vastos conocimientos en materia de Administración Pública en general y bajo la conducción de un Coordinador;
QUE, es facultad del Poder Ejecutivo Provincial dictar las medidas necesarias a fin de adecuar presupuestaria y funcionalmente las distintas áreas del Estado Provincial y así facilitar su funcionamiento dinámico e integral;
QUE, por todo lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente acto administrativo en el marco de la legislación vigente;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE MISIONES D E C R E T A :
ARTÍCULO 1°.- CREASE, el Programa denominado "Sistema Integrado de Asistencia y Asesoramiento a Municipios" (SIAAM), que funcionará en la órbita de la Subsecretaría Legal y Técnica del Ministerio de Coordinación General de Gabinete.-
ARTÍCULO 2°.- ESTABLECESE que el Programa creado por el Artículo precedente tendrá la finalidad de evacuar consultas jurídicas relacionadas a la Administración Pública en Municipios que no cuenten con abogados en sus intendencias o requieran de una segunda opinión, no vinculante.-
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al Señor Subsecretario Legal y Técnico a designar al Coordinador/a del Sistema Integrado de Asistencia y Asesoramiento a Municipios (SIAAM).-
ARTICULO 4º.- REFRENDARÁ, el presente Decreto el Señor Ministro Secretario de Coordinación General de Gabinete.-
ARTÍCULO 5°.- REGÍSTRESE, comuníquese. Tomen conocimiento Ministerio de Coordinación General de Gabinete, Subsecretaría Legal y Técnica, Dirección General de Coordinación del Sector Público, Cumplido, ARCHIVESE el Expediente en la Dirección de la Función Pública.-
Firmantes
PASSALACQUA - Pischik -
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general