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Ley Micaela - De Capacitación Obligatoria en Género para todas las Personas que integran los Tres Poderes del Estado. Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27.499.
TEMA
Adhesión provincial, Ley Micaela, Derecho penal, medidas de concientización, violencia de género, violencia contra la mujer, perspectiva de género, capacitación para la función pública
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:ARTÍCULO 1.- Adhiérese la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional N° 27.499 "Ley Micaela - De Capacitación Obligatoria en Género para todas las Personas que integran los Tres Poderes del Estado".-
[-][Contenido relacionado]parte_0,[Contenido relacionado]ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo Provincial dictará las normas y disposiciones reglamentarias necesarias para el efectivo cumplimiento de la presente Ley.
ARTÍCULO 3.- Invitase a adherir a los Municipios y Comisiones Municipales.
ARTÍCULO 4.- Invitase a las organizaciones intermedias de la sociedad civil, gremios, sindicatos, fundaciones, organizaciones, colegios profesionales y asociaciones civiles, a generar ámbitos de capacitación, conforme lo preceptuado en la Ley Nacional N° 27.499.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
Firmantes
Dr. Nicol s Mart¡n Snopek Secretario Parlamentario Legislatura de Jujuy C.P.N. Carlos G. Haquim Presidente Legislatura de Jujuy -
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general