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  • Decreto Reglamentario de la Ley 9.058 - Promoción y desarrollo de la industria audiovisual en el territorio de la Provincia de Mendoza

    DECRETO 655/2020
    MENDOZA, 26 de Mayo de 2020
    Boletín Oficial, 4 de Junio de 2020
    Vigente, de alcance general
    Id SAIJ: M20200000655

    TEMA

    Decreto reglamentario, Polo Industrial Audiovisual, obras audiovisuales

    Se aprueba el Decreto Reglamentario de la Ley 9.058, que promociona y desarrolla la industria audiovisual en el territorio de la Provincia de Mendoza.

    Visto

    Visto el expediente EX-2020-01846409-GDEMZA-SECG#MEIYE en el cual se tramita la reglamentación de la Ley Provincial 9058; y


    Considerando

    Que el objetivo de la Ley 9058 es la promoción y desarrollo de la industria audiovisual en el territorio de la Provincia de Mendoza, mediante el impulso de la actividad audiovisual.

    Que es necesaria la Reglamentación de la Ley para incrementar la creación, diseño, desarrollo, producción e implementación y adaptación de productos y servicios asociados a la actividad para potenciar la generación de valor, empleo y y la realización de inversiones en emprendimientos de producción audiovisual en la Provincia.

    Que mediante art. 1 de la Ley 8546 (texto según Ley 9058) se creó en el ámbito del ex Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, actual Ministerio de Economía y Energía la "Mendoza Film Commission" como ente especializado con funciones para el desarrollo de políticas de promoción de la Provincia como destino para el desarrollo de producciones audiovisuales, que contribuyan a incrementar el impacto económico.

    Por ello, teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 128 inciso 2 de la Constitución de Mendoza y en razón de lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Energía;

    EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:


    Artículo 1° - Apruébese la reglamentación de la Ley 9058, la que como ANEXO integra el presente decreto constante de CATORCE (14) fojas.

    [-][Reglamentación]
    parte_0,[Reglamentación]

    Artículo 2° - El presente decreto será refrendado por el Ministro de Economía y Energía y la Ministra de Cultura y Turismo

    Artículo 3° - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial.

    Firmantes

    RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ -ENRIQUE ANDRÉS VAQUIÉ -MARIANA JURI
    ANEXO

HERRAMIENTAS


Contenidos de Interes

Constitución de la Nación Argentina.
Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
Código Civil y Comercial de la Nación.
Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
Código Penal.
Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
Código de Minería.
Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
Código Aeronáutico.
Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
Ley de Contrato de Trabajo.
Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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