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Modificatoria de la constitución provincial.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:Artículo 1.- NOTA DE REDACCION: Modifica la Constitución de la Provincia de Mendoza.
[-][Normas que modifica]parte_0,[Normas que modifica]Artículo 2.- El Poder Ejecutivo someterá la presente ley al pueblo de Mendoza para que en la próxima elección de Diputados se vote en pro o en contra de la reforma sancionada.
Artículo 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
Mauricio Suárez Presidente Provisional a/c de la Presidencia H. Cámara de Senadores. Luis Alfonso Petri Secretario Legislativo H. Cámara de Senadores Raúl Horacio Vicchi Presidente H. Cámara de Diputados Jorge Manzitti Secretario Legislativo. -
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general