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Creación del área natural protegida "La Payunia" en la zona denominada "La Payunia".
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:Artículo 1.- Créase el Área Natural Protegida "La Payunia" en la zona denominada "La Payunia" del Departamento de Malargüe, cuyos límites estarán definidos por los siguientes vértices, enunciados en Coordenadas Geográficas, Datum WGS84 y Coordenadas Planas en Proyección Gauss Kruger, Datum POSGAR '94.
AREA RESERVA TOTAL "PAYUNIA" COORDENADAS GEOGRAFICAS
Artículo 2.- La superficie delimitada conforme a las coordenadas referenciadas, es abarcativa del área comprendida por el Decreto 3917/82 (Reserva Total El Payen) y de terrenos adyacentes.
El polígono resultante será volcado en la cartografía oficial de la Provincia, quedando esta gestión a cargo de la autoridad de aplicación. Deberá girarse comunicación a la Dirección de Registros Públicos la planimetría resultante de la presente Ley y contenida en el Artículo 8 para la toma de razón de las restricciones al dominio de las parcelas incorporadas.
Artículo 3.- El Área Natural Protegida "Reserva La Payunia" será categorizada como:
a) Monumento Natural, conforme Art. 31, Ley 6.045, comprendiendo el sector delimitado por las coordenadas que en el Anexo de la presente se indican. Este sector incluye Pampas Negras, los volcanes Payún Liso, Payún Matrú, Morado y Santa María, el Escorial de la Medialuna y las coladas asociadas a los volcanes.
b) Reserva Natural Manejada / Santuario de Fauna y Flora, conforme Art. 32, Ley 6.045, comprendiendo el sector restante, conforme Anexo de la presente.
[-][Contenido relacionado]parte_2,[Contenido relacionado]Artículo 4.- Los objetivos de la presente Ley, independientemente de los fijados por la Ley 6.045, serán:
a) Proteger y conservar las especies de la flora y fauna, su hábitat, corredores biológicos, elementos de la gea, paisaje y material arqueológico y paleontológico, para beneficio y goce de las generaciones presentes y futuras.
b) Promover la investigación científica para el conocimiento acabado de los recursos naturales comprendidos en el área natural protegida.
c) Conservar y promover la investigación científica de un distrito volcánico muy joven que no ha sido erosionado, cuyas formas y productos volcánicos están intactos.
[-][Contenido relacionado]parte_3,[Contenido relacionado]Artículo 5.- Las actividades extractivas a desarrollarse en la zona contigua al área natural protegida "La Payunia" deberán ser controladas y monitoreadas por la autoridad de aplicación, con la debida intervención del Instituto Argentino de Investigaciones de las Zonas Aridas (IADIZA) conforme lo establecido en el Art. 59 de la Ley 6.045.
[-][Contenido relacionado]parte_4,[Contenido relacionado]Artículo 6.- La autoridad de aplicación procederá a la actualización del Plan de Manejo elaborado por el Instituto Argentino de Investigaciones de las Zonas Aridas (IADIZA) en el año 1992, adecuándolo a la nueva delimitación y categorización establecidas en la presente ley. A tal efecto, la Dirección de Recursos Naturales Renovables atenderá las erogaciones que demande la actualización y ejecución del plan de manejo, debiéndose realizar las previsiones presupuestarias correspondientes.
Artículo 7.- La autoridad de aplicación procurará la declaración de la Reserva La Payunia como Sitio de Patrimonio Mundial de la UNESCO, conforme la Ley 6.045.
[-][Contenido relacionado]parte_6,[Contenido relacionado]Artículo 8.- Tómese como planimetría de la Reserva Natural Manejada/ Santuario de Flora y Fauna las siguientes delimitaciones:
Límites del sector definido como Monumento Natural Los vértices están indicados en Coordenadas Geográficas, Datum WGS84 y Coordenadas Planas en Proyección Gauss Kruger, Datum POSGAR '94.
Los siguientes vértices del polígono determinan los límites del sector definido como Monumento Natural:
AREA MONUMENTO NATURAL - RESERVA TOTAL "PAYUNIA" COORDENADAS GEOGRAFICAS Superficie Total - Area Monumento Natural: 1764,75 Km," Límites del sector definido como Reserva Natural Manejada/Santuario de Flora y Fauna Los vértices están indicados en Coordenadas Geográficas, Datum WGS84 y Coordenadas Planas en Proyección Gauss Kruger, Datum POSGAR '94.
Los siguientes vértices del polígono determinan los límites del sector definido como Reserva Natural Manejada /Santuario de Flora y Fauna:
AREA SANTUARIO DE FLORA Y FAUNA - RESERVA TOTAL "PAYUNIA" Coordenadas Geográficas Proyección: Gauss Kruger Nombre Marco Referencia: WGS '84 Marco Referencia: POSGAR'94 Latitud Longitud X Y PAY-01 S 36° 36' 05.14" W 68° 36' 35.47" 5949615.04 2534908.07 PAY-02 S 36° 39' 24.06" W 68° 36' 34.47" 5943483.00 2534908.09 PAY-03 S 36° 39' 22.38" W 68° 29' 11.59" 5943483.00 2545908.02 PAY-04 S 36° 37' 51.16" W 68° 29' 12.19" 5946295.06 2545908.02 PAY-05 S 36° 37' 50.25" W 68° 25' 50.95" 5946295.06 2550908.01 PAY-06 S 36° 48' 22.00" W 68° 23' 04.91" 5926795.16 2554908.06 PAY-07 S 37° 07' 26.56" W 68° 14' 48.43" 5891422.85 2566936.21 PAY-08 S 37° 11' 30.74" W 68° 14' 52.51" 5883896.08 2566775.93 PAY-09 S 37° 11' 34.08" W 68° 24' 43.65" 5883896.08 2552195.66 PAY-10 S 37° 11' 05.32" W 68° 27' 27.33" 5884806.75 2548163.81 PAY-11 S 36° 50' 36.19" W 68° 27' 36.04" 5922699.09 2548163.81 PAY-12 S 36° 42' 59.77" W 68° 47' 37.07" 5936884.80 2518437.20 PAY-13 S 36° 53' 25.52" W 68° 47' 35.39" 5917595.42 2518437.20 PAY-14 S 36° 53' 26.07" W 68° 55' 08.53" 5917595.42 2507217.05 PAY-15 S 36° 49' 38.58" W 68° 55' 08.77" 5924608.15 2507217.05 PAY-16 S 36° 49' 38.67" W 68° 59' 57.29" 5924608.15 2500067.28 PAY-17 S 36° 45' 03.53" W 68° 59' 57.29" 5933089.74 2500067.28 PAY-18 S 36° 41' 55.37" W 69° 02' 04.17" 5938889.31 2496917.82 PAY-19 S 36° 41' 54.97" W 69° 10' 01.57" 5938889.31 2485067.28 PAY-20 S 36° 36' 01.51" W 69° 10' 00.81" 5949784.85 2485067.28 PAY-50 S 36° 36' 03.01" W 69° 02' 53.90" 5949750.51 2495677.82 PAY-49 S 36° 11' 48.50" W 69° 02' 53.90" 5994584.27 2495655.44 PAY-36 S 36° 11' 48.50" W 69° 14' 46.90" 5994557.22 2477842.48 PAY-37 S 36° 00' 00.40" W 69° 14' 46.70" 6016382.67 2477792.19 PAY-38 S 36° 00' 03.30" W 68° 58' 49.80" 6016321.17 2501758.17 PAY-39 S 35° 59' 57.30" W 68° 52' 27.20" 6016498.96 2511340.70 PAY-40 S 36° 00' 36.90" W 68° 50' 11.60" 6015273.37 2514734.85 PAY-41 S 36° 00' 46.60" W 68° 48' 46.70" 6014970.58 2516860.37 PAY-42 S 36° 00' 40.80" W 68° 48' 35.30" 6015148.79 2517146.19 PAY-43 S 36° 07' 20.50" W 68° 39' 05.20" 6002789.59 2531378.49 PAY-44 S 36° 16' 22.40" W 68° 34' 39.80" 5986060.17 2537942.62 PAY-45 S 36° 16' 22.50" W 68° 35' 03.30" 5986059.62 2537356.07 PAY-46 S 36º 17' 16.30" W 68° 35' 03.00" 5984401.28 2537356.43 PAY-47 S 36º 17' 16.10" W 68° 34' 23.40" 5984403.14 2538344.65 PAY-48 S 36° 36' 05.10" W 68° 34' 17.60" 5949601.65 2538334.80 Superficie Total - Área Santuario de Flora y Fauna: 4876,69 KM2.
Artículo 9.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
Miriam Gallardo.- Presidenta Provisional H. Cámara de Senadores Mariano Godoy Lemos.- Secretario Legislativo H. Cámara de Senadores Jorge Tanus.- Presidente H. Cámara de Diputados Jorge Manzitti.- Secretario Legislativo H. Cámara de Diputados. -
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general