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Creación en el ámbito del Ministerio de Cultura la "Mendoza Film Commission" como oficina Especializada en promover el destino y locación de producciones audiovisuales
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:*Artículo 1- "Créase en el ámbito del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía del Gobierno de la Provincia de Mendoza, o el que lo reemplazare en el futuro, la Mendoza Film Commission´ como oficina especializada, que tendrá por objeto promover a la Provincia como destino y locación de producciones audiovisuales provenientes de diversos puntos del país y del mundo."
[-][Modificaciones]parte_0,[Modificaciones]Artículo 2.- Serán funciones de la Mendoza Film Commission:
a) Establecer lineamientos en materia de políticas de promoción de la Provincia como destino para el desarrollo de producciones audiovisuales, que contribuyan a incrementar el impacto económico de esta industria en Mendoza.
b) Establecer vínculos con los gobiernos locales, el sector privado y el sector académico a fin de elaborar estándares de profesionalismo en materia de servicios destinados a la producción audiovisual.
c) Desarrollar y difundir una guía de recursos locales que contenga información sobre: servicios de preproducción existentes, normativa y requisitos para obtener permisos de filmación, productores locales, equipos técnicos locales, talentos y recursos para casting existentes, equipamiento y escenografía, servicios de postproducción, banco de imágenes sobre locaciones, entre otros recursos útiles para la industria.
d) Brindar información y asesoramiento a los interesados en desarrollar producciones audiovisuales en la Provincia y servir de nexo entre las autoridades locales y los mismos.
e) Asociarse con entidades educativas y/o profesionales para fortalecer la capacitación de los recursos humanos locales en materia de servicios a la producción audiovisual, incluyendo foros, pasantías, intercambios u otras modalidades de capacitación.
f) Participar en ferias, festivales y otros eventos de la industria audiovisual a fin de promocionar a la Provincia y sus recursos.
g) Establecer mecanismos de coordinación con los gobiernos locales a fin de elaborar pautas y guías comunes para otorgamiento de permisos de filmación y otro tipo de autorizaciones necesarias para la industria audiovisual.
Artículo 3.- La Mendoza Film Commission estará integrada por un Consejo Directivo y una Oficina Ejecutiva.
[-][Modificaciones]parte_2,[Modificaciones]Artículo 4.- El Consejo Directivo de la Provincia Mendoza Film Commission será presidido por el/la titular del Ministerio de Cultura de la Provincia, e integrado por un (1) representante del Ministerio de Turismo, un (1) representante de ProMendoza y un (1) representante del sector profesional audiovisual de Mendoza, que deberá pertenecer a una entidad legalmente constituida.
[-][Modificaciones]parte_3,[Modificaciones]Artículo 5.- El Consejo Directivo tendrá como funciones:
a) Dictar su reglamento interno.
b) Establecer las funciones, responsabilidades y perfil del/la responsable de la Oficina Ejecutiva.
c) Proponer al Ministerio de Cultura una terna para designar a el/la responsable de la Oficina Ejecutiva.
d) Aconsejar a la Oficina en todos los asuntos que favorezcan el crecimiento de la industria en la Provincia.
e) Supervisar las actividades de la Oficina Ejecutiva.
f) Servir como foro intersectorial para discutir las iniciativas relacionadas con el objeto de la presente Ley.
[-][Modificaciones]parte_4,[Modificaciones]Artículo 6.- Facúltase al Poder Ejecutivo a la creación de cargos que estime necesarios para garantizar el buen funcionamiento de la Mendoza Film Commission, en sus aspectos operativos, pudiendo incrementar el presupuesto de erogaciones del Ministerio de Cultura en el Ejercicio 2013.
[-][Modificaciones]parte_5,[Modificaciones]Artículo 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
Miriam Gallardo.- Presidenta Provisional a/c. de la Presidencia H. Cámara de Senadores Sebastián Pedro Brizuela.- Secretario Legislativo H. Cámara de Senadores Jorge Tanus.- Presidente H. Cámara de Diputados Jorge Manzitti.- Secretario Legislativo H. Cámara de Diputados. -
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general