Sistema Argentino de Información Juridica Ministerio de Justicia de la Nación
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  • C., E. M. B. c/ G., J. N. s/ denuncia por violencia familiar

    SENTENCIA
    23 de Abril de 2020
    JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL NRO 102. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Raúl Augusto Montesano
    Id SAIJ: FA20020011

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    SUMARIO

    Corresponde determinar que el menor permanezca una semana con cada progenitor, alternadamente, hasta que retome con su actividad escolar y disponer que, debido a la distancia entre los domicilios de ambos, el traslado estará a cargo de quien tenga al hijo y deba entregarlo en la casa del otro progenitor. Si bien no se puede desconocer los alcances de la normativa de emergencia con el objetivo de proteger la salud pública a través del aislamiento social, preventivo y obligatorio, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19, no es menos cierto que el interés superior del niño amerita interpretar tales normas con el resto del ordenamiento jurídico (art. 9.3 de la Convención de los Derechos del Niño y del art. 652 C.C.C.N.), que reconoce el derecho y deber a una fluida comunicación entre el padre no conviviente y su hijo menor de edad; en consecuencia, lo más adecuado es que el menor cumpla la cuarentena en el domicilio de ambos progenitores, ponderando muy especialmente que ambos padres son contestes en que lo mejor es la alternancia entre ambos domicilios.


    Fuente del sumario: SAIJ

HERRAMIENTAS


Contenidos de Interes

Constitución de la Nación Argentina.
Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
Código Civil y Comercial de la Nación.
Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
Código Penal.
Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
Código de Minería.
Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
Código Aeronáutico.
Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
Ley de Contrato de Trabajo.
Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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