Sistema Argentino de Información Juridica Ministerio de Justicia de la Nación
Mostrar/ocultar buscador
  • BANDERA OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALTA

    LEY 6.946.
    SALTA, 5 de Junio de 1997
    Boletín Oficial, 24 de Junio de 1997
    Vigente, de alcance general
    Id SAIJ: LPA0006946

    TEMA

    Símbolos patrios, bandera provincial, Salta

    El Senado y la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de LEY:

    Artículo 1° -Adóptase como Bandera Oficial de la provincia de Salta, el pabellón compuesto con el formato, colores y caracteres que establece la presente ley.

    Art. 2°- De acuerdo con el artículo anterior, la Bandera de la provincia de Salta, tendrá las siguientes características:

    1. El campo está formado por el poncho salteño de su color puesto en faja (horizontal).

    2. Tiene como esmaltes el gules (rojo) y dos bandas de sables (negro).

    3. Lleva como pieza de honor un escudo de azur (azul) fileteado de oro, con una espuela de plata abotonada de un sol de oro.

    Como ornamentos exteriores del escudo, el mismo está rodeado de veintitrés espuelas de oro.

    4. Las dimensiones que constan en el croquis anexo que forma forma parte de la presente, establecen las proporciones que deberán respetarse tanto en las medidas exteriores como interiores.

    Art. 3°- La Bandera de la provincia de Salta, deberá usarse dentro del territorio provincial en todos los organismos públicos provinciales o municipales y en todos los actos oficiales.

    La Bandera Oficial de la provincia de Salta, será izada en todos los actos oficiales en mástil separado de la Bandera Nacional;

    cuando se trate de un solo mástil se izará debajo de la Nacional.

    Concédece derecho a utilizar la bandera adoptada por la presente ley, a los particulares, entidades culturales y deportivas y organismos de carácter privado, en las condiciones establecidas en este artículo para los organismos públicos oficiales.

    Art. 4°- El Poder Ejecutivo implementará los medios para su confección, divulgación y utilización en todos los edificios y organismos públicos de la Provincia.

    Art. 5°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

    Firmantes

    San Millán-Zamar-López Mirau-Catalano.

HERRAMIENTAS


Contenidos de Interes

Constitución de la Nación Argentina.
Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
Código Civil y Comercial de la Nación.
Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
Código Penal.
Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
Código de Minería.
Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
Código Aeronáutico.
Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
Ley de Contrato de Trabajo.
Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
[ir arriba]
Debe ingresar su correo electrónico para descargar