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Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS). Procedimiento excepcional de devolución de saldos a favor de los agentes de percepción. Resolución General N° 5.638. Su modificación
TEMA
Impuesto para una Argentina inclusiva y solidaria PAIS, impuestos, agentes de percepción, devolución de saldos
Visto
el Expediente Electrónico N° EX-2025-01185617- -AFIP-DVNRIS#SDGREC y
Considerando
Que a través de la Resolución General N° 5.638 se instrumentó un procedimiento excepcional de devolución de saldos a favor del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), aplicable exclusivamente a los agentes de percepción y liquidación del mencionado gravamen que ingresaron percepciones en exceso y que -atento la finalización de su vigencia- no pueden compensar los saldos a favor en declaraciones futuras del referido impuesto.
Que el procedimiento instrumentado se efectiviza mediante un mecanismo de compensación de los saldos a favor contra las obligaciones emergentes del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
Que por razones de administración tributaria se estima oportuno extender el plazo para que los referidos agentes de percepción y liquidación exterioricen los mencionados saldos a favor del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS).
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Administración Financiera y Sistemas y Telecomunicaciones.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y por el Decreto N° 953 del 24 de Octubre del 2024.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustituir el artículo 2° de la Resolución General N° 5.638, por el siguiente:
"ARTÍCULO 2°.- La exteriorización del saldo a favor del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) mediante la presentación del formulario de declaración jurada F.744 correspondiente a los meses de diciembre 2024 y enero a abril de 2025, generado a través del "Sistema de Control de Retenciones (SICORE)" en los términos del artículo 8° de la Resolución General N° 4.659, sus modificatorias y complementarias, permitirá acceder a su devolución simplificada.".
[-][Normas que modifica]parte_0,[Normas que modifica]ARTÍCULO 2º.- Esta resolución general entrará en vigencia a partir del día de su dictado.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Firmantes
Juan Alberto Pazo -
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general