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Acción de amparo, actos u omisiones de particulares, propiedad horizontal, principio de congruencia
TEXTO
La sentencia que desestima la acción de amparo por considerar que para decidir si el acto supuestamente lesivo -corte del suministro de energía eléctrica efectuado por el consorcio de propietarios sobre un espacio común- fue practicado con arbitrariedad resulta necesario previamente conocer si el apelante tenía o no derecho a usar de ese espacio común, no viola el principio de congruencia pues de ninguna manera soslaya el examen respecto de la ilegitimidad o legitimidad de ese acto, dado que solamente indica que tal conocimiento requiere de un amplio debate o prueba que resulta incompatible con el procedimiento propio de la acción de amparo.
Fuente del sumario: SAIJFALLOS A LOS QUE APLICA
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general