Sistema Argentino de Información Juridica Ministerio de Justicia de la Nación
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  • Autorizan a una mujer a concebir un hijo mediante el uso de material genético extraído de su esposo fallecido

    SENTENCIA
    JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Nro 87
    CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    5 de Mayo de 2016
    Id SAIJ: NV14782

    SINTESIS

    Hace lugar a la solicitud efectuada por la esposa de un hombre que murió como consecuencia de un accidente de tránsito, para la utilización de gametos criopreservados del fallecido a los efectos de poder continuar con el tratamiento de fertilización asistida al que se estaba sometiendo antes de producirse el mencionado deceso. Considera que la decisión de tener hijos biológicos a través de TRHA forma parte del ámbito de los derechos a la integridad y libertad personal, a la vida privada y familiar, y que la decisión de ser o no ser madre o padre se relaciona con la autonomía reproductiva. En tal sentido, afirma que a la luz de la Constitución Nacional y legislación interna, la fecundación post mortem no es una técnica prohibida y que, con los elementos aportados a la causa, es posible tener por acreditado que el causante tenía la voluntad firme de ser padre, deseo que se vio frustrado imprevistamente por el accidente en el que perdió la vida.

    TEXTO

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HERRAMIENTAS


Contenidos de Interes

Constitución de la Nación Argentina.
Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
Código Civil y Comercial de la Nación.
Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
Código Penal.
Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
Código de Minería.
Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
Código Aeronáutico.
Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
Ley de Contrato de Trabajo.
Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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