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  • BANCO CARLOS PELLEGRINI LTDO c/ EDUARDO A. GIBELLI Y OTRO s/ ORDINARIO

    SENTENCIA
    2 de Noviembre de 1993
    Nro. Interno: 0000000070
    Tribunal origen: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Y SEGUNDA NOMINACION CIVIL Y COMERCIAL
    CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL. CORDOBA, CÓRDOBA
    Magistrados: FONTAINE - GAVIER TAGLE - BAQUERO LAZCANO
    Id SAIJ: FA93161220

    SUMARIO

    La falta de impugnación del resumen dentro del término fijado para el pago importa su aprobación por el deudor,lo cual es suficiente prueba de la existencia de la obligación y de su cuantía.

    Esta conclusión exime al banco del deber de presentar los cupones, que resultan innecesarios desde que la deuda ha quedado probada por otro medio.-


    Fuente del sumario: OFICIAL

HERRAMIENTAS


Contenidos de Interes

Constitución de la Nación Argentina.
Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
Código Civil y Comercial de la Nación.
Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
Código Penal.
Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
Código de Minería.
Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
Código Aeronáutico.
Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
Ley de Contrato de Trabajo.
Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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