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SUAREZ MARCOS ALBERTO s.d DE ABUSO SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA e.p DE PEREZ MARIA FERNANDA s/ RECURSO DE APELACION
SUMARIO
La excarcelación y la eximición de prisión son institutos procesales que están garantizados por la Constitución Nacional, y no una concesión o gracia que puedan otorgar los órganos jurisdiccionales, pues se debe partir de un principio de inocencia, que es la base del derecho procesal penal. Los jueces al expedirse sobre sus pedidos deben obrar con un criterio amplio, y en caso de denegatoria especificar claramente cuáles son las causales que obstarían a su concesión, pues debe primar el principio de libertad del imputado en el proceso; en razón de que se entiende que con el pedido de eximición de prisión, el imputado se somete voluntariamente al mismo.
Fuente del sumario: OFICIALOtros Sumarios
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