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REYNOSO DELIA MARCIALA c/ INSTITUTO AGROTECNICO "JUAN B. AMBROSETTI" Y/O SUP. GNO.DE ENTRE RIOS s/ ACCIDENTE DE TRABAJO
SUMARIO
El hecho de haberse retirado antes del horario habitual ejercitando un derecho y alegando "razones particulares" para ello, lo que no significa, ni más ni menos, que ausentarse antes sin tener que explicar el por qué, conducta autorizada por su superior, no significa que pueda considerarse tal circunstancias como interruptora del "animus" de dirigirse a su domicilio desde el lugar de trabajo, itinerario que era el habitual de la demandante, más aún que el accidente se produce a los pocos metros de haber salido de su trabajo y por el camino que siempre hacía. Si el apelante sostiene otra hipótesis debió probarla oportunamente, lo que no hizo.
Fuente del sumario: OFICIAL -
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general