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La Cámara Civil rechazó aplicar el fallo Levinas a una causa por la Tragedia de Once
SINTESIS
Rechazaron el recurso de inconstitucionalidad interpuesto ante el Tribunal Superior de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires, contra la sentencia que admitió una demanda de daños y perjuicios por el accidente ferroviario conocido como la Tragedia de Once. Refirieron que la revisión del fallo por el Tribunal Superior porteño resulta manifiestamente improcedente, porque la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil forma parte de la Justicia Nacional y no integra la organización local de la justicia de la Ciudad de Buenos Aires, razón por la cual las decisiones dictadas por dicho Tribunal sólo pueden ser revisadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Asimismo, agregaron que la Cámara Civil en el plenario Cavero, Claudia Marcela y otro c/ Obra Social de los Empleados de Comercio s/ daños y perjuicios y Peña, Alicia María c/ Peña, Carlos Alberto s/ impugnación/nulidad de testamento, del 11/02/2025, estableció que las sentencias de los jueces nacionales en lo civil no pueden recurrirse por ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general