-
-
Z., C. c/ L., M. S. s/ medidas precautorias
Ver archivo adjunto
SUMARIO
Debe ser confirmado el fallo que rechazó la medida autosatisfactiva solicitada por un médico, con el fin de que se aplique el denominado bozal legal a una colega que formuló manifestaciones contra el actor en distintos medios periodísticos y redes sociales, relacionadas a un presunto caso de acoso laboral y sexual, puesto que la concesión de la medida implicaría definir la tensión esbozada, pero no planteada formalmente en una demanda, entre el derecho al honor y la libertad de expresión y que la relevancia de los derechos en juego exigen un marco de debate y conocimiento ajenos al proceso cautelar. En consecuencia, la prudencia aconseja inclinar la decisión provisional referida a la cautelar hacia el derecho constitucional más cercano al núcleo democrático de nuestra Carta Magna, que es el de la libertad de expresión.
Fuente del sumario: SAIJ -
- El mensaje enviado a fue enviado con éxito. Gracias por utilizar los servicios del SAIJ!
Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general