Sistema Argentino de Información Juridica Ministerio de Justicia de la Nación
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  • TRIZAR DE GARCIA, Ruth Argentina s/ SUCESION

    INTERLOCUTORIO
    25 de Julio de 1985
    Nro. Interno: R000015520
    BOLETIN INTERNO JURISPRUDENCIA 000121985000040 BOLETIN INTERNO JURISPRUDENCIA 000121985000068
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala F
    Magistrados: BOSSERT CONDE NILVE
    Id SAIJ: FA85020700

    SUMARIO

    Si las bóvedas que se transmiten en un sucesorio no poseen valuación fiscal, no existe otro medio objetivo idóneo para establecer el valor a los fines del pago de la tasa judicial que requerir la presentación de una tasación efectuada por arquitecto o ingeniero, sin perjuicio de que los eventuales honorarios del profesional que practique la pericia deberán ser calculados -de corresponder- en proporción a la porción del sepulcro transmitida en el sucesorio, desde que sólo ésta -y no la totalidad del bien- habrá de ser materia de valuación por el experto.


    Fuente del sumario: OFICIAL

    Otros Sumarios

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    HERRAMIENTAS

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    Contenidos de Interes

    Constitución de la Nación Argentina.
    Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
    Código Civil y Comercial de la Nación.
    Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
    Código Penal.
    Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
    Código de Minería.
    Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
    Código Aeronáutico.
    Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
    Ley de Contrato de Trabajo.
    Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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