-
-
MARTINEZ, C. s/ ENCUBRIMIENTO - CONCUBINA - EXENCION PENA
SUMARIO
I.-La exención de pena del art. 279 del Código Penal ampara también, por su condición de "amiga intima", a la concubina.
II.-La situación legal del amparado por el art. 279 C.P. debe resolverse, en la etapa del plenario, por la vía absolutoria. Ello así, en razón de que no cabe admitir jurídicamente una decisión condenatoria sin la sanción correspondiente (doctr. art. 495, regla cuarta, ap. 5, "in fine").
Fuente del sumario: OFICIAL -
- El mensaje enviado a fue enviado con éxito. Gracias por utilizar los servicios del SAIJ!
Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general