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Concursos, privilegios (comercial), entidades financieras, concurrencia de privilegios especiales
TEXTO
Quien habiéndose sometido a la regla de concurrencia y a la carga de insinuación de su crédito ante el juez de la falencia, tiene reconocida una posición crediticia con rango preferencial de la LC:
264 y que, como tal, es inmediatamente exigible sin necesidad de aguardar la proyección de estados distributivos; no es lícito que el liquidador resista el pago aduciendo genéricamente la preferencia resultante de determinados créditos no individualizados ni cuantificados, amparándose abstractamente en el llamado "superprivilegio" del art. 54 de la ley de entidades financieras, porque la evaluación sobre la procedencia de la tal oposición requiere ineludiblemente del conocimiento de los guarismos que evidencian la legitimidad de la postura mediante la exteriorización de acreencias judicialmente reconocidas con el carácter invocado y la demostración numérica sobre la insuficiencia de los fondos de la liquidación para satisfacerlos a todos íntegramente. Faltando estas precisiones la oposición deviene inadmisible y no puede sino ser desestimada.
Fuente del sumario: OFICIALFALLOS A LOS QUE APLICA
- BANCO HISPANO CORFIN S.A. s/ QUIEBRA S/ INC. DE PRONTO PAGO POR FIORITO, JORGE
- INTERLOCUTORIO.CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL. , 29/12/1989.
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general