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  • WEDEKIND, MARIA ANGELICA VISENTIN c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION EXPTE NRO 229-87

    SENTENCIA
    26 de Abril de 1990
    Nro. Interno: AST080P315
    Tribunal origen: CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SANTA FE, SANTA FE
    Magistrados: IRIBARREN ALVAREZ BARRAGUIRRE ITURRASPE
    Id SAIJ: FA90090425

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    SUMARIO

    A efectos de decidir cuándo una reducción en los haberes previsionales afecta la movilidad establecida por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y 21 de la Provincial, lesionando el derecho de propiedad reconocido por el artículo 17 de la primera y el 15 de la segunda, no cabe apartarse de los criterios sentados por la Corte Suprema de Justicia Nacional, pues de entenderse que los porcentajes de reducción constitucionalmente admisibles son mayores a los admitidos por el máximo Tribunal Nacional en reiterados y recientes fallos, sólo se dictaría un pronunciamiento impugnable ante ella, y con posibilidades ciertas de anulación, desconociéndose así el carácter rector que debe reconocérsele a dichos fallos, y originándose innecesarias demoras en la solución de reclamos vinculados a prestaciones jubilatorias, cuya naturaleza alimentaria no las tolera.


    Fuente del sumario: OFICIAL

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    HERRAMIENTAS

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    Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
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    Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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