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  • COMPAÑIA FINANCIERA CENTRAL PARA LA AMERICA DEL SUD S.A. c/ ARMANDO JULIO REAL s/ CREDITO HIPOTECARIO- DEPRECIACION MONETARIA- ACTUALIZACION- MORA

    SENTENCIA
    14 de Noviembre de 1985
    Nro. Interno: C000000699
    Tribunal origen: CAMARA NACIONAL DE APELACIONES ESPECIAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL, SALA I
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JORGE ANTONIO BACQUE
    Id SAIJ: FA85000371

    SUMARIO

    No procede el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que dispuso la repotenciación del crédito hipotecario, pues no puede negarse que en estos casos el acreedor debe percibir su crédito actualizado, sea por la cláusula de estabilización autorizadas para las hipotecas por la ley 21.309, sea por los efectos que la jurisprudencia de la Corte ha reconocido a la mora responsabilizando al deudor por los daños que ocasiona la depreciación monetaria al acreedor.


    Fuente del sumario: OFICIAL - Corte Suprema de Justicia de la Nación

HERRAMIENTAS


Contenidos de Interes

Constitución de la Nación Argentina.
Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
Código Civil y Comercial de la Nación.
Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
Código Penal.
Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
Código de Minería.
Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
Código Aeronáutico.
Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
Ley de Contrato de Trabajo.
Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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