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La Corte Suprema resuelve un conflicto de competencia en un caso de abuso sexual a una menor
SINTESIS
En el marco de una causa por la cual se investiga el abuso sexual a una menor, presuntamente cometido por parte de la pareja de un familiar mientras se encontraba de vacaciones en la ciudad de Salta, donde residiría el presunto agresor, determina que la justicia de la mencionada provincia deberá conocer en el trámite de las actuaciones, a pasar de que la víctima tiene su domicilio en la Ciudad de Buenos Aires. Considera que corresponde al juez del lugar donde fue consumado el delito de abuso sexual en perjuicio de la niña, porque la competencia penal por razón del territorio se determina atendiendo al lugar donde se ha consumado el delito y entiende que no se verifican en la causa aquellas circunstancias de índole territorial que, desde la valoración prioritaria del interés superior del niño, autorizarían a otorgar el conocimiento de la causa al juez del lugar donde reside la víctima, supuesto que tiende a evitar la traumática reiteración de procedimientos idénticos cuando los hechos sexualmente abusivos se hayan cometido en distintas jurisdicciones.
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general