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  • Colegiación profesional: marco político institucional

    por DANIELA COLOMBO BERRA
    1987
    TOMO ZEUS Nro. 43,
    ZEUS EDITORA S.R.L. O
    Id SAIJ: DASA890016

    TEMA

    Colegio profesional, colegiación obligatoria, matrícula profesional

    TEXTO

    Los colegios profesionales deben convertirse en reales grupos de presión y de interés para justificar su existencia.

    Son entidades paraestatales de naturaleza híbrida en razón de implicar el entrecruzamiento de intereses y dimensiones públicas y privadas.

    El Estado, al conferirles una facultad de derecho público (gobierno de la matrícula profesional) y potestad pública (poder disciplinario), los convierte en órganos descentralizados de sí mismo, siendo su representante para el ejercicio de funciones públicas.

    Son "entidades paraestatales"; intermedias entre las personas y el Estado, e interlocutores válidos ante éste.

    Constituyen el elemento básico para el desarrollo integral del profesional. Son, para éste, el "puente" para llegar a los poderes más altos, para hacer oír su voz.

    Algunos autores, contrarios a la colegiación, colocan a ésta en una esfera de totalitarismo. Otros, que la defienden, sostienen que se impone por razones de eficiencia y de principios: la democracia y el sistema republicano exigen una comunidad vital como la que se logra mediante la actividad de los colegios profesionales.

    Colegiación y administración de justicia deben ser un binomio inseparable. A través de la primera se buscará el perfeccionamiento y avance de la segunda.

    REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

    Pasini Costadoat , Emilio."Acerca de la Colegiación de abogados en la Capital federal", L.L. , Bs.As., octubre-diciembre 1972, T.148, p. 1180.

    Roca, Marcelo."Institucionalización de colegios profesionales en el derecho público provincial", L.L. , Bs.As., julio-setiembre, 1965, T 119, p. 1129.

    Morello, Augusto M. y Roberto, Berizonce. "Las entidades profesionales y los desafíos del presente", J.A. , Bs.As., T.1984 II, Doctrina, p. 664.

    Roca, Marcelo."Sobre la Colegiación de los profesionales", L.L. , Bs As., 8-3-1982, p.2.

    Morello, Augusto M. y Roberto, Berizonce. "Abogacía y Colegiación", Ed. Hammurabi, 1981,

    Jaquenos, Juan Carlos. "La agremiación obligatoria de los profesionales", L.L. , Bs.As., T.1982-C, p. 786

    Extracto de una nota dirigida al presidente de la nación Raúl Alfonsín."Critican severamente el proyecto de colegiación obligatoria", L.L. , Bs.As., 17-10-1984, p.4.

    Del Carril , Enrique y Horacio, Linch. "Abogacía y colegiación en la ciudad de Buenos Aires", L.L. , 31-10-1984, p.2.

HERRAMIENTAS


Contenidos de Interes

Constitución de la Nación Argentina.
Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
Código Civil y Comercial de la Nación.
Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
Código Penal.
Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
Código de Minería.
Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
Código Aeronáutico.
Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
Ley de Contrato de Trabajo.
Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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