Sistema Argentino de Información Juridica Ministerio de Justicia de la Nación
Mostrar/ocultar buscador
<< Anterior Siguiente >>
  • Contienda negativa de competencia. Investigación inconclusa. Competencia nacional. Juez previniente.

    DICTAMEN.
    Ministerio Público Fiscal (MPF).
    29 de Noviembre de 2022
    Nro: 32280
    Partes: Incidente N° 1 – Denunciante: S. C., Stefhanie Graciela y otro. Imputado: G. P., Fernando y otros, s/ Incidente de incompetencia
    Firmante: Casal, Eduardo Ezequiel
    Id SAIJ: DICMPF115257

    SUMARIO

    No se encuentran cumplidas en la causa las exigencias que impone el criterio de Fallos: 303:328; 304:949; 323:772 y 340:722. En efecto, en la propia declinatoria se menciona una hipótesis genérica de la figura del artículo 310 del Código Penal, sin referenciar ninguna constancia de la causa que permita otorgarle sustento, mientras que, por el contrario, circunscribe sus consideraciones a que los damnificados habrían tomado conocimiento de que todo había sido producto de un engaño y que sus fondos no se habrían utilizado para realizar ninguna inversión, sino que, en definitiva, habrían sido víctimas de estafa. Igualmente, para solicitar la declaración indagatoria de los imputados, el requerimiento fiscal se limitó a la atribución de maniobras que consideró de las comúnmente conocidas como “estafa piramidal” o “esquema Ponzi”. En tales condiciones, es necesario que se profundice la investigación, especialmente cuando no se advierte en la causa que se cuente hasta el momento con elementos que permitan determinar si los imputados habrían captado ahorros del público en general o dentro del mercado de valores, o intermediado en la adquisición de valores negociables. Por lo demás, frente al eventual caso en que de una adecuada investigación se presentaran condiciones que tornaran su aplicación, es criterio de la Corte que corresponde separar el juzgamiento de delitos de naturaleza federal de aquellos de índole común, aunque entre ellos mediare relación de conexidad. Finalmente, correspondería que, en el caso se verificase la existencia concreta de una intermediación financiera no autorizada y, particularmente, de que esa conducta fuera el medio a través del cual se hubieran cometido las defraudaciones denunciadas, lo que, aún no se aprecia en la causa.

    FUENTE Oficial

    TEXTO COMPLETO

    DICMPF115257.pdfDICMPF115257.pdf

HERRAMIENTAS


Contenidos de Interes

Constitución de la Nación Argentina.
Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
Código Civil y Comercial de la Nación.
Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
Código Penal.
Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
Código de Minería.
Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
Código Aeronáutico.
Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
Ley de Contrato de Trabajo.
Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
[ir arriba]
Debe ingresar su correo electrónico para descargar