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Righetti, Juan Pablo c/ Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires s/ Amparo
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SUMARIO
Corresponde hacer lugar al reclamo de un trabajador del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de que se le permita ejercer el derecho a la libre opción de obra social, y continuar adherido a una prepaga, una vez concluidos los trámites jubilatorios iniciados, toda vez que la normativa que establece que la afiliación y cobertura de los jubilados y pensionados de la administración pública local quede a cargo de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires deviene inconstitucional e inconvencional, pues no encuentra sustento en pautas objetivas que acuerden validez a la restricción impuesta a los pasivos y contraviene el principio que alojan los artículos 28 de la Constitución Nacional y 10 de la carta local y por ende, conculca la garantía de la igualdad amparada por el bloque constitucional.
Fuente del sumario: SAIJ -
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general