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  • Actuaciones remitidas por Presidencia del Superior Tribunal de Justicia - Ref.: Medida cautelar Nº 25/16 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - Ciudad

    SENTENCIA
    16 de Agosto de 2017
    JUZGADO DE CONTROL NRO 3. SAN SALVADOR DE JUJUY, JUJUY
    Magistrados: Mercau
    Id SAIJ: FA17200009

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    SUMARIO

    Conforme lo dispuesto por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, corresponde otorgar la prisión domiciliaria a Milagro Amalia Angela Sala, quien se encuentra cumpliendo prisión preventiva por los delitos de asociación ilícita, fraude y extorsión, pues si bien el Estado Argentino no puede ser compelido al cumplimiento de la solicitud emanada de la CIDH, corresponde el acatamiento de la medida cautelar aunque no se dan los requisitos procesales para la aplicación de una detención domiciliaria, teniendo en cuenta los argumentos volcados en la misma y que refieren específicamente a un posible riesgo en la vida o integridad personal de la acusada, y particularmente por el compromiso asumido por nuestro país respecto a las resoluciones dictadas por los organismos de la OEA.


    Fuente del sumario: SAIJ

HERRAMIENTAS


Contenidos de Interes

Constitución de la Nación Argentina.
Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
Código Civil y Comercial de la Nación.
Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
Código Penal.
Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
Código de Minería.
Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
Código Aeronáutico.
Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
Ley de Contrato de Trabajo.
Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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