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Ordenan a empresas de transporte público de pasajeros que tomen medidas para cesar con la discriminación de género
SINTESIS
Admite la acción de amparo por discriminación de género, deducida por una mujer que reclamó la protección de su derecho subjetivo a obtener trabajo como chofer de las líneas de colectivo del área metropolitana, ordenando a las empresas accionadas el cese inmediato de sus políticas discriminatorias. Insta a los Poderes Ejecutivo y Legislativo a la adopción de medidas apropiadas a los fines de revertir la discriminación por género a partir de la realización de campañas de información, capacitación laboral y programas específicos. Aplicando la pauta contenida en la Ley de Asociaciones Sindicales, deberán las demandadas contratar mujeres hasta alcanzar el cupo allí referido, compensando así las ilegítimas desigualdades detectadas en tales ámbitos. Asimismo, y por aplicación del precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Sisnero Mirtha -Fallos: 337:611-, deberán las empresas considerar la postulación de la actora en la próxima vacante, oportunidad en la cual a la hora de evaluar su idoneidad deberán hacerlo sobre la base de criterios objetivos y razonables, ajenos a toda discriminación basada en el género.
TEXTO
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general