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Ordenan la suspensión de las actividades de UBER en la Ciudad de Buenos Aires
SINTESIS
En el marco de una acción de amparo promovida por diversos sindicatos de taxistas, ordena al GCBA que arbitre las medidas necesarias para suspender cualquier actividad que desarrolle la empresa UBER -cuya aplicación móvil conecta a pasajeros con conductores de vehículos registrados en su servicio- y exige a la Agencia Gubernamental de Control que informe si la empresa presentó algún pedido de habilitación para el servicio de transporte público de pasajeros. Asimismo dispone la ordinarización del proceso, dada la complejidad del planteo que posee aspectos colectivos vinculados con la seguridad urbana, la defensa de los usuarios y consumidores, el derecho a trabajar y de ejercer industria lícita, aspectos tributarios, conflictos derivados del uso de las nuevas tecnologías y su impacto en el sistema jurídico, la seguridad y coordinación del transporte urbano, la igualdad ante las cargas públicas, la actuación de sociedades o empresas extranjeras en el ámbito local, los alcances del poder de policía, y demás interpretaciones o categorías jurídicas que son producto del desarrollo del contradictorio.
TEXTO
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general