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Prueba confesional, confesión extrajudicial, acta policial, valor probatorio
TEXTO
El acta de choque que ha sido labrada ante un funcionario de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, en forma descriptiva y circunstanciada, y fundamentalmente suscripta por ambas partes, en la que el propio demandado reconoce que su vehículo embistió al del accionante al intentar doblar hacia la izquierda, resulta ser una confesión extrajudicial que lo obliga en forma total (art.423 CPCC).
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Fuente del sumario: OFICIALFALLOS A LOS QUE APLICA
- Esteban Eduardo c/ Saracho Hector Fabian s/ Daños y Perjuicios
- SENTENCIA.CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. , 16/6/1998.
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general