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  • GOMEZ JUAN BAUTISTA c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD CAPITAL DE SGO DEL ESTERO s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION

    PLENARIO
    9 de Marzo de 2007
    Nro. Interno: 23209
    SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. SANTIAGO DEL ESTERO, SANTIAGO DEL ESTERO
    Magistrados: LLUGDAR-SUAREZ-ARGIBAY-RIMINI OLMEDO-JUAREZ CAROL
    Id SAIJ: FA07220119

    SUMARIO

    La reposición o revocatoria "in extremis", es un procedimiento atípico y no normado que sólo debe proceder ante aquellas decisiones jurisdiccionales en que se haya cometido un error indisputable y con la sola finalidad de su reparación, y nunca puede constituir una revisión o reexamen de los fundamentos del decisorio del tribunal, mediante críticas propias de un recurso de apelación, además de que no exista otra vía o remedio legal para su subsanación, no siendo apto para reparar o suplir la falta de planteamiento oportuno de los operadores procesales de los recursos previstos en los códigos de forma. En definitiva, dicho recurso, debe propender a la "reparación de un error obvio e indisputable" y no "a la reconsideración de lo resuelto, lo que resulta formalmente improcedente.-


    Fuente del sumario: OFICIAL

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