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SAYAGO JUAN DE DIOS c/ ENRESE Y/O RESPONSABLES / INDEMINIZACION POR ANTIGÜEDAD, ETC." s/ CASACION LABORAL
SUMARIO
La reposición o revocatoria "in extremis", es un procedimiento atípico y no normado que sólo debe proceder ante aquellas decisiones jurisdiccionales en que se haya cometido un error indisputable y con la sola finalidad de su reparación, y nunca puede constituir una revisión o reexamen de los fundamentos del decisorio del tribunal, mediante críticas propias de un recurso de apelación, además de que no exista otra vía o remedio legal para su subsanación, no siendo apto para reparar o suplir la falta de planteamiento oportuno de los operadores procesales de los recursos previstos en los códigos de forma. En definitiva, dicho recurso, debe propender a la "reparación de un error obvio e indisputable" y no "a la reconsideración de lo resuelto, lo que resulta formalmente improcedente.-
Fuente del sumario: OFICIALOtros Sumarios
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- Recurso de reposición (procesal)
- El Recurso de Reposición previsto en el artículo 141 apartado a) del código laboral provincial procede contra las resoluciones de trámite emanadas del presidente del tribunal que afecten algún derecho de las partes.
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general