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  • Banco de la Provincia de Buenos Aires c/ Paglieri, Juan Lorenzo y Paglieri, Andrés Félix s/ Ejecución hipotecaria

    SENTENCIA
    8 de Junio de 2005
    Nro. Interno: Ac84270
    Tribunal origen: CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA 1 MERCEDES
    SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. LA PLATA, BUENOS AIRES
    Magistrados: de Lázzari-Roncoroni-Negri-Hitters-Genoud
    Id SAIJ: FA05010101

    SUMARIO

    No existe infracción al art.156 de la Constitución de la Provincia si las cuestiones que se dicen preteridas han sido objeto de tratamiento por la Alzada o han quedado desplazadas por la solución a que llega el juzgador, de manera que, se discrepe o no con lo que el fallo decide, su mérito no es materia de agravio por vía del recurso extraordinario de nulidad, sino que ello es propio del de inaplicabilidad de ley.


    Fuente del sumario: OFICIAL

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    Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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