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Favaloro, Domingo y otro c/ Izurieta, Isabel s/ Cobro ordinario
SUMARIO
La revisión de conclusiones sobre cuestiones de hecho resulta ajena a la función que constitucionalmente le compete a la Corte que es -dentro del marco del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley- el control de la legalidad del fallo. Esto es, velar por la correcta aplicación del derecho a los hechos juzgados de la causa.
Fuente del sumario: OFICIALOtros Sumarios
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- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
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- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
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- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general