Sistema Argentino de Información Juridica Ministerio de Justicia de la Nación
Mostrar/ocultar buscador
  • Kamenszein, Víctor J. (abogado) s/ Acusa. Recurso de queja

    INTERLOCUTORIO
    7 de Febrero de 1995
    Nro. Interno: Ac58459
    SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. LA PLATA, BUENOS AIRES
    Magistrados: Salas-Pisano-San Martín-Laborde-Rodríguez Villar
    Id SAIJ: FA95010412

    SUMARIO

    La competencia de la Corte para dictar sus sentencias definitivas no queda habilitada ante cualquier reclamo que las partes deseen someterle sino que previamente es necesario que la misma adquiera virtualidad conforme al ordenamiento jurídico vigente, de modo que resultaría contrario a la Constitución y violatorio de las leyes procesales consagrar una doctrina según la cual bastaría con introducir -sin importar si bien o mal- una alegación de carácter constitucional para abrir dicha competencia fuera de los límites establecidos en el derecho aplicable, creando recursos inexistentes con derogación de la ley respectiva.


    Fuente del sumario: OFICIAL

    Otros Sumarios

  • Competencia de la Suprema Corte
    La competencia de la Corte para dictar sus sentencias definitivas no queda habilitada ante cualquier reclamo que las partes deseen someterle sino que previamente es necesario que la misma adquiera virtualidad conforme al ordenamiento...
  • Constitución Nacional, jerarquía de las leyes
    La supremacía de la Constitución (art. 31, C.N.), debe ser impuesta por todos los jueces de la República, pero en los procesos en que deben intervenir. (MINORIA U OPINION PERSONAL)
  • Jurado de enjuiciamiento, recurso extraordinario, sentencia recurrible
    El jurado creado por el art. 172 de la Constitución provincial para el enjuiciamiento de magistrados no es el "tribunal de justicia" a que se refiere el art. 149 incs. 1º y 4º de la misma, pues no constituye un tribunal judicial...
  • Competencia de la Suprema Corte, orden público
    La jurisdicción de esta Suprema Corte para conocer por vía de apelación resulta en forma taxativa de lo dispuesto en el art. 149 incs. 1º y 4º de la Constitución provincial. (MINORIA U OPINION PERSONAL)
  • Constitución Nacional, jerarquía de las leyes
    No basta con introducir cuestiones federales para ocasionar el automático desplazamiento de las leyes procesales. De modo que todos los tribunales provinciales deben aplicar la Constitución de la Nación -asegurando su supremacía- dentro...
  • Recurso extraordinario, sentencia recurrible, jurado de enjuiciamiento
    La ley 8085 (texto según ley 10.186) en su art. 45 establece la irrecurribilidad de las resoluciones emanadas del jurado de enjuiciamiento de magistrados. (MINORIA U OPINION PERSONAL)

    HERRAMIENTAS

    Descargar Documento Enviar por email Compartir Cita SAIJ

    Contenidos de Interes

    Constitución de la Nación Argentina.
    Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
    Código Civil y Comercial de la Nación.
    Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
    Código Penal.
    Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
    Código de Minería.
    Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
    Código Aeronáutico.
    Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
    Ley de Contrato de Trabajo.
    Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
    [ir arriba]
    Debe ingresar su correo electrónico para descargar