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  • Zardi,Raimundo Rubén c/ Rivara, Roberto Luis y ot. s/ Daños y perjuicios

    SENTENCIA
    19 de Marzo de 1991
    Nro. Interno: Ac45236
    Tribunal origen: CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 2 SALA 2 LA PLATA
    AyS t. 1991-I-353
    SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. LA PLATA, BUENOS AIRES
    Magistrados: San Martín - Pisano - Mercader - Vivanco - Laborde
    Id SAIJ: FA91010428

    SUMARIO

    El principio de congruencia, establecido por el art.163 inc.6º y reiterado por el art.272 del C.P.C., significa que, como regla general, debe existir correspondencia perfecta entre la acción promovida y la sentencia que se dicta, lo que se desarrolla en una doble dirección: el juez debe pronunciarse sobre todo lo que se pide, o sea sobre todas las demandas sometidas a su examen y sólo sobre éstas y debe dictar el fallo basándose en todos los elementos de hecho aportados en apoyo de las pretensiones hechas valer por las partes en sus presentaciones y sólo basándose en tales elementos.


    Fuente del sumario: OFICIAL

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    HERRAMIENTAS

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    Contenidos de Interes

    Constitución de la Nación Argentina.
    Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
    Código Civil y Comercial de la Nación.
    Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
    Código Penal.
    Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
    Código de Minería.
    Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
    Código Aeronáutico.
    Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
    Ley de Contrato de Trabajo.
    Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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