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Títulos ejecutivos, inhabilidad de título, principios procesales, preclusión
TEXTO
La jurisprudencia ha entendido que la excepción de inhabilidad de título o falta de legitimación si bien no se encuentra enumerada dentro de las cuatro previstas en el Art. 506 C.P.C.C., procede admitirla si se cuestiona la falta de alguno de los requisitos del título ejecutorio o de las condiciones exigidas para que proceda la ejecución de la sentencia, pero ello a condición que por esa vía no se intente un pedido de inhabilidad de título por falta de legitimación para actuar en la presente ejecución en base a circunstancias ya resueltas, porque lo impide el principio de preclusión que prohíbe, dentro de un proceso, el regreso a etapas o momentos procesales ya extinguidos o consumados.
Fuente del sumario: OFICIALFALLOS A LOS QUE APLICA
- A., D.F. c/ M. y/o quien resulte responsable s/ Daños y Perjuicios
- INTERLOCUTORIO.CAMARA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y MINERIA. , 12/9/2006.
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general