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Daños y perjuicios, automotores, daño resarcible
TEXTO
Las puertas y el capot, si el daño es considerable, deben ser cambiadas por nuevos, puesto que van soldados con puntos electricos y son escuadradas, por lo que no quedan bien reparadas.-
Fuente del sumario: OFICIALFALLOS A LOS QUE APLICA
- BAREA c/ SANTAMARINA s/ Daños y Perjuicios (LIBRO: S065 - 409)
- SENTENCIA.CAMARA DE APELACIONES CIVIL, COMERCIAL, MINAS PAZ Y TRIBUTARIO. , 23/10/1990.
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Contenidos de Interes
- Constitución de la Nación Argentina.
- Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
- Código Civil y Comercial de la Nación.
- Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
- Código Penal.
- Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
- Código de Minería.
- Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
- Código Aeronáutico.
- Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
- Ley de Contrato de Trabajo.
- Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general