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  • Procesan a quien retiró una bicicleta del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y no la devolvió

    SENTENCIA
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
    CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    1 de Septiembre de 2015
    Id SAIJ: NV13057

    SINTESIS

    Confirma el procesamiento de quien retiró una bicicleta de una de las estaciones automáticas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sin devolverla hasta la fecha. Señala que el descargo del imputado en cuanto a que la bicicleta le fue sustraída y que concurrió al puesto a informar lo sucedido no se encuentra debidamente acreditado, pues no efectuó la denuncia respectiva ni tampoco informó formalmente al gobierno local, por lo que no hay forma de corroborar sus dichos. Refiere que el tipo penal no requiere un contacto físico permanente con la cosa sino que, partiendo de su deber de devolver la cosa en un plazo debido no lo hizo, en clara defraudación a la confianza depositada.

    TEXTO

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Contenidos de Interes

Constitución de la Nación Argentina.
Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
Código Civil y Comercial de la Nación.
Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
Código Penal.
Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
Código de Minería.
Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
Código Aeronáutico.
Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
Ley de Contrato de Trabajo.
Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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